30 Diciembre 2021
México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador abrió la posibilidad de que Hacienda dé recursos adicionales al INE para realizar la revocación de mandato, siempre y cuando esto no afecte los programas sociales y el organismo electoral ajuste a la baja sus gastos en sueldos, asesores y viáticos.
En su conferencia de prensa, el titular del Ejecutivo celebró el fallo del TEPJF que ordenó al Instituto llevar a cabo ese ejercicio democrático.
«Es muy importante la resolución de ayer, porque lo que queda claro y es lo que debe saberse, gritarse a los cuatro vientos, es que va a haber consulta, eso es la esencia, va a haber consulta. Hay un añadido, que no es lo fundamental, porque lo principal es que se está ordenando que se realice la consulta, para que no nos andemos por las ramas».
Señaló que INE tiene que hacer un ajuste a su presupuesto para financiar la revocación, liberal fondos, por lo que recomendó a los analistas a que hagan un análisis del presupuesto del INE.
«Cuánto gastan en viáticos, en compra o renta de vehículos, quiénes tienen vehículos, cuánto en combustible, viajes, una revisión y si se actúa con austeridad, se puede también haber una reducción de los sueldos de los altos funcionaria públicos, cuándo ganan los consejeros en total, asesores cuántos asesores, cuánto ganan», dijo el presidente.
«Deben decir cuánto va a costar (la revocación), cuánto van a liberar y que Hacienda vea si tiene posibilidad, de acuerdo a las prioridades porque hay que seguir apoyando a quienes más necesitan».
El presidente López Obrador instruyó al secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández a que se revise con Hacienda y con el Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado (INDEP) si pueden aportar algo.
«Está cayendo dinero -no del pago de impuestos- sino de fraudes, al Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado y de ahí pueda salir algo, y luego también está cayendo mucho dinero de las extorsiones».
TEPJF determina que INE debe continuar con revocación
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó anoche que el Instituto Nacional Electoral (INE) no tiene facultades para suspender la organización de la consulta para la revocación de mandato.
En la sesión pública se sentenció que deberá hacer los esfuerzos necesarios para adecuar su presupuesto para realizarla y, en caso de que no logre obtenerlos, podrá solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una ampliación presupuestal, la cual será vinculada a cumplir esta sentencia a la brevedad posible.
Durante la última sesión el proyecto de sentencia fue aprobado por unanimidad.
En la sesión, que inició pasadas las 20:00 horas, se aplazó en tres ocasiones y estaba prevista inicialmente para las 18:00 horas, se analizaron siete recursos promovidos por diversos actores en contra de la decisión del Consejo General del INE de aplazar algunas fases de la organización de la revocación de mandato.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien elaboró el proyecto de sentencia, señaló que la determinación del Instituto Nacional Electoral de suspender las actividades relativas a este caso es una medida regresiva en perjuicio de un derecho humano. Advirtió que no basta con que diga que carece de recursos suficientes para organizarla, puesto que tiene que demostrarlo e incluso hacer una nueva revisión de su presupuesto para allegarse de más recursos.
Después de todo eso, agregó, la autoridad electoral podrá solicitar a la Secretaría de Hacienda más recursos y ésta tendría que dar una respuesta fundada y motivada, y hacer factible el derecho de participación ciudadana.
En el cuadro de temas a analizar en la última sesión del año destacan los recursos presentados por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República; de la organización Pilares del Bienestar Colectivo por la Soberanía Popular; la organización Que Siga el Presidente, así como Morena y el Partido del Trabajo.
Cabe destacar que el pasado 21 de diciembre, la representación de Morena ante el INE presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en contra del acuerdo que aprobaron seis de los 11 consejeros electorales sobre aplazar temporalmente la revocación de mandato.
Se argumenta que los consejeros del Instituto Nacional Electoral asumieron «una actitud negligente» que viola la Constitución política y que impide la realización de la consulta.
El pasado 17 de diciembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó por mayoría —seis votos a favor y cinco en contra— como medida extraordinaria, posponer temporalmente la realización de la revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.
El argumento de la mayoría de los consejeros fue la insuficiencia presupuestal derivada del recorte aprobado por la Cámara de Diputados al instituto para el ejercicio del próximo año 2022.
Debe resolver si partidos pueden devolver financiamiento
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) es la autoridad que debe determinar si el partido político Morena puede devolver un monto de su financiamiento público ordinario.
La controversia tiene origen en la solicitud realizada el 8 de noviembre pasado por el partido Morena para devolver 200 millones de pesos del financiamiento público ordinario que ya se le había depositado, con el objetivo de que dichos recursos se reintegren a la Tesorería de la Federación y sean utilizados en la compra de vacunas contra la pandemia de Covid-19.
En respuesta a ello, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE determinó improcedente dicha devolución, por considerar que la renuncia a financiamiento público debe solicitarse antes de que le sea depositado, por lo que al tratarse de recursos que ya le habían sido transferidos deben destinarse para el fin que les fue otorgado. Frente a ello, Morena presentó medio de impugnación.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno de la Sala Superior determinó que, de acuerdo con la normatividad electoral, el Consejo General del INE es el órgano facultado para vigilar que se actúe con apego a la normatividad electoral respecto de las prerrogativas de los partidos políticos, pues la función de la Dirección de Prerrogativas se reduce a calcular los montos a ministrar a los partidos políticos y carece de facultades para resolver tales peticiones.
En el caso, como la solicitud de devolución se relaciona con analizar el destino que se le puede dar al financiamiento público, el pleno determinó que debe ser el máximo órgano del INE —y no la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos— quien deba evaluar la solicitud del recurrente.
En consecuencia, la Sala Superior determinó revocar el oficio emitido por dicha Dirección y ordenar al Consejo General del INE que se pronuncie y resuelva, en breve término, la solicitud formulada por Morena.