3 de enero de 2017
- Procedente el registro a la coalición Por la CDMX al Frente
México.- El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México determinó comunicar a los partidos políticos las restricciones a las que están sujetos los precandidatos a cargos de elección popular en la capital.
En un acuerdo publicado en la Gaceta Oficial, aprobó que el consejero presidente dirija un oficio a cada una las representaciones de los institutos políticos para comunicarles dichas restricciones a quienes aspiran a obtener la candidatura a jefe de Gobierno capitalino, legisladores, alcaldes y concejales de las 16 demarcaciones territoriales para los comicios del 1 de julio próximo.
El organismo señaló que estas restricciones consisten en la realización de actos anticipados de precampaña o campaña; en el caso de los aspirantes o precandidatos para solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas por el código electoral.
Asimismo, en omitir en los informes respectivos los recursos recibidos, no presentar el informe de gastos de precampaña o campaña, exceder el tope de dichos recursos o utilizarlos para fines personales, hacer uso de la infraestructura pública para obtener financiamiento o apoyo de cualquier otro acto de precampaña.
También establecen como restricciones en cuanto a la propaganda como utilizar símbolos, distintivos, emblemas o figuras con motivo religioso, o usar expresiones verbales o escritos contrarios a la moral, que injurien a autoridades, partidos políticos o precandidatos, o que tiendan a incitar a la violencia y al desorden público.
De esta forma, precisó que durante los procesos de selección interna de candidatos queda prohibido que los precandidatos y partidos políticos reciban apoyos en dinero o en especie de servidores públicos.
De igual forma, utilizar recursos e instalaciones públicas para promover su intención de obtener la candidatura al cargo de elección popular, o erogar más de 20 por ciento del monto total fijado como límite de los topes de gastos de campaña para la elección respectiva, autorizados para el proceso electoral ordinario inmediato anterior.
Además, queda restringido fijar y distribuir propaganda al interior de oficinas, edificios y locales ocupados por los órganos de gobierno y los poderes públicos de la Ciudad de México.
Los precandidatos y los partidos políticos tampoco podrán contratar tiempos de radio y televisión para realizar propaganda, o participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo previa coalición.
Por otra parte, en una resolución, el Consejo General del Instituto Electoral capitalino declaró procedente otorgar registro al convenio de la coalición Por la CDMX al Frente, suscrito por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano.
Esto, para participar bajo esa modalidad en la elección de Jefatura de Gobierno, coalición parcial en la elección de 32 diputaciones por el principio de mayoría relativa al Congreso local y coalición total en la elección de 16 alcaldías y concejalías.
Señaló que se tienen por registrados los porcentajes de las aportaciones que cada partido destinará para el desarrollo de las campañas electorales y acreditados los representantes legales en caso de interposición de medios de impugnación, así como el nombre de los responsables de la administración de los recursos de campaña y presentación de informes correspondientes de dicha coalición.
INFOMX/NTX/EGR