7 de noviembre de 2017
México.- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Salud para considerar como servicio básico en la materia, el establecer y promover acciones encaminadas a la prevención, tratamiento y fortalecimiento de programas de detección oportuna de cáncer de próstata y testicular.
El dictamen, avalado con 385 votos, adiciona una fracción al artículo 27 de dicha norma y fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Al fundamentarlo, el presidente de la Comisión de Salud, Elías Octavio Íñiguez Mejía, enfatizó que el cáncer de próstata representa la primera causa de muerte en hombres mayores de 50 años, y casi 9.3 por ciento de cada 100 mil habitantes mueren por esta enfermedad.
La reforma, indicó, establece acciones concretas y coordinadas para el uso eficiente de los recursos económicos, a fin de que sea obligación del Estado, la prevención, detección a tiempo y tratamiento del cáncer de próstata y testicular.
Además, elevar a rango de ley acciones y políticas públicas, que ya se desarrollan algunas en el sector salud federal y estatal en materia de atención sanitaria preventiva, sostuvo.
En su posicionamiento, el diputado José Alberto Couttolenc Buentello señaló que el cáncer de próstata suele crecer muy lentamente y la mayoría de los hombres que lo desarrollan no mueren inmediatamente, por lo que es necesario darle mayor visibilidad a esta enfermedad y que los métodos de detección dejen de ser un tema tabú.
El documento establece en su artículo Segundo Transitorio que “las acciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para dar cumplimiento al presente decreto, se sujetarán a los programas presupuestarios en la materia y se cubrirán con cargo a sus presupuestos aprobados».
«Por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes”, agrega el texto.