31 agosto 2023
México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes y ordenó al Congreso del estado derogar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal local que castigan con cárcel el aborto.
Al conceder un amparo a Grupo de Información en Reproducción Elegida y otra asociación civil, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, la Primera Sala de la SCJN determinó que los mencionados artículos son contrarios a los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación y del derecho humano a la salud.
“Solamente así, mediante la herramienta de una concesión amplia se puede proteger de manera idónea los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar a la salud reproductiva e igualdad y no discriminación vulnerados de manera colectiva, objeto del presente juicio de garantías”, señala el proyecto del ministro González Alcántara avalado por mayoría de cuatro votos contra uno.
González Alcántara refirió que de 2015 a junio de este año se han iniciado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en Aguascalientes.
“Es claro que el obligar a una mujer a continuar un embarazo, si no cumple con las condicionantes, agrava sus condiciones de salud mental e incluso física, ya que las repercusiones a la salud causadas por esos actos de violencia sexual generan diversos problemas agudos y crónicos en las personas”, puntualizó el ministro Juan Luis González Alcántara en la resolución.