13 marzo 2024
México.- El juez Primero de Distrito, radicado en Mérida, Yucatán, Adrián Fernando Novelo, notificó al gobierno federal que la suspensión definitiva que “paraliza” las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, de Playa del Carmen a Tulum, está vigente y le advierte que desacatar esa instrucción, contenida en el incidente judicial, constituye un delito penal, castigado con cárcel.
Dicha suspensión definitiva fue concedida por el Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administrativa, al dictar sentencia el 21 de diciembre pasado y se notificó en enero de este año.
La medida está condicionada a que el gobierno federal presente al Juzgado Primero los estudios geológicos, geofísicos y geohidrológicos a que se refieren las condicionantes 9 y 10 de la autorización ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en junio de 2022.
Conforme a un acuerdo publicado hoy en estrados electrónicos, el juzgador señala que la parte quejosa –promotora del juicio de amparo en contra de esa autorización– promovió un incidente de modificación de esa suspensión definitiva e informó que las autoridades responsables “no acataron” la medida cautelar.
Los trabajos en el trazo no solo permanecen, sino que se ha derramado concreto, que ha llegado hasta el acuífero subterráneo y los pilotes hincados que atraviesan las cavernas, están oxidándose rápidamente, lo que constituye una fuente de contaminación.
En consecuencia, el juzgador reiteró a las autoridades responsables de las obras que “no han acreditado” el cumplimiento de las condicionantes impuestas por la Semarnat para haber autorizado el megaproyecto en ese tramo, “y, por ende, continúan suspendidos los trabajos de construcción y acondicionamiento en el Tramo 5 Sur del Tren Maya”.
Novelo Pérez advierte al gobierno federal que, conforme al artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, al servidor público que no obedezca un auto de suspensión notificado “se le impondrá pena de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución, inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos”.